Nunca subestimen la importancia de contar con una buena carta de despido
Nunca subestimen la importancia de contar con una buena carta de despido
En más de una ocasión, es más que probable, que una carta de despido se haya cruzado por sus vidas. Bien porque la han sufrido, bien porque la han preparado, o porque directamente la han tenido en sus manos mientras el receptor de la misma esperaba su opinión o valoración al respecto.
Quizá sea un papel, con más literatura o menos, con más justificaciones o quasi ninguna, pero a pesar de ello, con total independencia de su largura, amplitud o peso (hablando en términos estrictos del número de hojas que la componen), lo cierto y verdad, es que es el papel que da inicio a una nueva etapa de la vida del destinatario: cerrando una etapa laboral, y dando pie a que inicien venideras. Y aunque sea el inicio de un nueva capítulo laboral, no pasen por alto la importancia del contenido de dicho papel, la redacción del mismo, así como la claridad de los hechos que se manifiesten a lo largo de este.
Desde hace años hice mía una frase que venía repitiendo día a día el que a los inicios de mi vida profesional fue mi jefe, y que decía “lo que no esté en la carta de despido no existe”. Años después lo confirmo, así es. Lo que no esté en la carta de despido es como si no hubiera pasado. De ese modo, se lo trato de hacer saber a mis clientes.
La carta de despido, la redacción de la misma, los hechos contenidos y la justificación de lo acontecido es sumamente relevante para las dos partes implicadas: tanto para quien despide como para quien es despedido.
Quien despide porque tendrá que defenderse ante un Juzgado, y para ello se requiere de un documento sólido, que delante de un Juzgado sea capaz de trasladar la necesidad real por la que era inviable para la empresa mantener el vínculo tratando de evitar tanto una declaración nulidad como de improcedencia. Habrá cosas que creamos que podremos llegar a justificar delante de un juez que conozca de nuestro caso, sin embargo, este no va a entrar a conocer de todo aquello que en el momento del despido era conocido, pero sin embargo no se incorporó al relato de los hechos, por tanto, es muy probable que nuestros esfuerzos futuros se vayan a ver frustrados. En el mejor de los casos, si todo queda en “tablas”, y por tanto en un pacto, cabe recordar que los acuerdos alcanzados antes el SMAC también están sujetos a control y revisión por instancias superiores. Como bien conocen, las indemnizaciones derivadas de un despido se encuentran exentas de IRPF, por ello que todo pacto debe estar debidamente justificado ante el SMAC y por ende, ante la Hacienda Pública, de lo contrario podríamos vernos abocados a sanciones e Inspecciones.
Quien es despedido porque debe contar con el derecho de conocer los motivos por los que deja de ser parte de la plantilla de la empresa, y porque para el caso de no estar conforme, también merece conocer las razones y cuestiones sobre las que poder reclamar y defenderse. Del mismo modo, para el caso de alcanzar un acuerdo previo a un procedimiento judicial no olvidemos que aquellos despidos poco fundados y justificados pueden ser revisados. La revisión sobre los mismos también pueden acarrear actuaciones inspectoras sobre el propio empleado.
Por todo ello, no escatimen en papel, en razones y a poder ser tampoco en motivos. No se vean presionados por las prisas, por el tan escuchado “despido para mañana”. Una adecuada preparación y un buen documento o carta de despido puede evitarnos de problemas venideros, e incluso les diré, un documento claro, justificado y coherente con lo acontecido permite en algunas ocasiones evitar el enfado, el descontento, la frustración, y las ganas de revancha a las que enfrentan algunos empleados al recibir un relato de unos hechos que a su parecer no se asemejan a lo vivido, a lo ocurrido, o de los que entienden que jamás han sido parte.
Finalmente, y antes de despedirnos (valga la redundancia), simplemente recuerden que para todas aquellas cartas de despido a redactar o a defender, pueden contar con nuestra ayuda.
Quizá sea un papel, con más literatura o menos, con más justificaciones o quasi ninguna, pero a pesar de ello, con total independencia de su largura, amplitud o peso (hablando en términos estrictos del número de hojas que la componen), lo cierto y verdad, es que es el papel que da inicio a una nueva etapa de la vida del destinatario: cerrando una etapa laboral, y dando pie a que inicien venideras. Y aunque sea el inicio de un nueva capítulo laboral, no pasen por alto la importancia del contenido de dicho papel, la redacción del mismo, así como la claridad de los hechos que se manifiesten a lo largo de este.
Desde hace años hice mía una frase que venía repitiendo día a día el que a los inicios de mi vida profesional fue mi jefe, y que decía “lo que no esté en la carta de despido no existe”. Años después lo confirmo, así es. Lo que no esté en la carta de despido es como si no hubiera pasado. De ese modo, se lo trato de hacer saber a mis clientes.
La carta de despido, la redacción de la misma, los hechos contenidos y la justificación de lo acontecido es sumamente relevante para las dos partes implicadas: tanto para quien despide como para quien es despedido.
Quien despide porque tendrá que defenderse ante un Juzgado, y para ello se requiere de un documento sólido, que delante de un Juzgado sea capaz de trasladar la necesidad real por la que era inviable para la empresa mantener el vínculo tratando de evitar tanto una declaración nulidad como de improcedencia. Habrá cosas que creamos que podremos llegar a justificar delante de un juez que conozca de nuestro caso, sin embargo, este no va a entrar a conocer de todo aquello que en el momento del despido era conocido, pero sin embargo no se incorporó al relato de los hechos, por tanto, es muy probable que nuestros esfuerzos futuros se vayan a ver frustrados. En el mejor de los casos, si todo queda en “tablas”, y por tanto en un pacto, cabe recordar que los acuerdos alcanzados antes el SMAC también están sujetos a control y revisión por instancias superiores. Como bien conocen, las indemnizaciones derivadas de un despido se encuentran exentas de IRPF, por ello que todo pacto debe estar debidamente justificado ante el SMAC y por ende, ante la Hacienda Pública, de lo contrario podríamos vernos abocados a sanciones e Inspecciones.
Quien es despedido porque debe contar con el derecho de conocer los motivos por los que deja de ser parte de la plantilla de la empresa, y porque para el caso de no estar conforme, también merece conocer las razones y cuestiones sobre las que poder reclamar y defenderse. Del mismo modo, para el caso de alcanzar un acuerdo previo a un procedimiento judicial no olvidemos que aquellos despidos poco fundados y justificados pueden ser revisados. La revisión sobre los mismos también pueden acarrear actuaciones inspectoras sobre el propio empleado.
Por todo ello, no escatimen en papel, en razones y a poder ser tampoco en motivos. No se vean presionados por las prisas, por el tan escuchado “despido para mañana”. Una adecuada preparación y un buen documento o carta de despido puede evitarnos de problemas venideros, e incluso les diré, un documento claro, justificado y coherente con lo acontecido permite en algunas ocasiones evitar el enfado, el descontento, la frustración, y las ganas de revancha a las que enfrentan algunos empleados al recibir un relato de unos hechos que a su parecer no se asemejan a lo vivido, a lo ocurrido, o de los que entienden que jamás han sido parte.
Finalmente, y antes de despedirnos (valga la redundancia), simplemente recuerden que para todas aquellas cartas de despido a redactar o a defender, pueden contar con nuestra ayuda.