LA HOJA DE RUTA HACIA UNA SOCIEDAD ENERGÉTICAMENTE SOSTENIBLE. LA REFORMA FISCAL MEDIOAMBIENTAL PROP

LA HOJA DE RUTA HACIA UNA SOCIEDAD ENERGÉTICAMENTE SOSTENIBLE. LA REFORMA FISCAL MEDIOAMBIENTAL PROP

En el entorno de eficiencia y transición energética en el que nos encontramos, las medidas relacionadas con la fiscalidad medioambiental se posicionan como uno de los ejes vertebrales de la reforma fiscal propuesta en el Libro Blanco, que fue entregado al Ministerio de Hacienda y Función Pública el pasado 3 de marzo.

En términos generales, el llamado Libro Blanco pretende adaptar el sistema impositivo actual al siglo XXI planteando un amplio abanico de reformas fiscales que afectan a los principales impuestos estatales de nuestro país (Impuesto sobre Sociedades, Impuesto sobre la Renta de las Personas Físicas, Impuesto sobre el Valor Añadido), y a los tributos de índole medioambiental, entre otros. Asimismo, el Comité aborda los desafíos de la economía digitalizada y las actividades emergentes.

En relación con la fiscalidad medioambiental, el Comité ha formulado diecinueve propuestas e incorporado tres reflexiones que afectan al ámbito de energía eléctrica, el transporte, en residuos y el agua. Las propuestas y reflexiones se engloban bajo el paraguas de cuatro grandes bloques:

BLOQUE 1   

"Electrificación sostenible", que tiene como objetivo principal impulsar el proceso de transición a una sociedad baja en carbono o descarbonizada, mediante el fomento de alternativas de energías renovables maduras.

BLOQUE 2 

"Movilidad compatible con la transición ecológica", que permite cumplir con alguno de los compromisos medioambientales asumidos por España en relación con la reducción de emisiones de gases de efecto invernadero, reducción de emisiones de óxidos de nitrógeno, etc. Entre las medidas propuestas dentro de este bloque, se encuentran: la igualación de la fiscalidad del diésel y la gasolina de automoción, la modificación del Impuesto Especial sobre determinados Medios de Transporte (IEDMT) para favorecer una flota de vehículos sostenible, la configuración del Impuesto municipal sobre Vehículos de Tracción Mecánica (IVTM) para penalizar a las tecnologías más contaminantes, y en creación de un tributo municipal sobre la congestión en determinadas ciudades, entre otros.

BLOQUE 3

"Aumento de la circularidad", que permita una adecuada gestión de residuos a través de estrategias de reducción y reciclaje. Entre las medidas propuestas dentro de este bloque, se encuentra la creación de un impuesto sobre fertilizantes nitrogenados.

BLOQUE 4 

"Incorporación de costes medioambientales asociados al uso de agua". Entre los que destaca, entre otros, la creación de un tributo sobre la extracción de recursos hídricos.

A continuación, tratamos de desgranar las principales medidas propuestas en relación con la electrificación sostenible que, pretende dar cumplimiento, a tres objetivos prioritarios para la transición ecológica: la electrificación (con sustitución de combustión fósil por electricidad de origen renovable), el fomento de la eficiencia energética y, la reducción de impactos medioambientales negativos asociados a la generación eléctrica. Para ello, el Comité propone las siguientes principales reformas fiscales medioambientales:

La supresión del Impuesto sobre el Valor de la Producción de Energía Eléctrica (IVPEE) 1, en la medida en que considera que la naturaleza del mismo es meramente recaudatoria ya que recae sobre los productores de energía eléctrica sin distinguir la naturaleza contaminante (o no) de la fuente de energía eléctrica. Actualmente, el mencionado impuesto se encuentra en suspendido temporalmente hasta el 31 de marzo.

Modificaciones en el Impuesto Especial sobre la Electricidad (IEE) para promover la electrificación y la eficiencia energética. A este respecto, el Comité reitera la necesidad de modificar la base imponible de este tributo para que el gravamen se proyecte sobre la cantidad física consumida, en lugar de, sobre la base aplicable para el IVA (que es como se calcula en la actualidad), e incentive así, de forma más directa, el ahorro y la eficiencia energética. Asimismo, el Comité propone ajustar el actual tipo de gravamen al mínimo establecido por la nueva Directiva Fiscal Energética 2 ("DFE").

Adicionalmente, el Comité propone la introducción de medidas para mejorar el diseño y efectividad de los impuestos propios autonómicos con efectos del sector eléctrico.

Las propuestas de este apartado se encuentran en línea con los vectores principales marcados por la DFE, cuya proyección conllevarán a una importante reducción en el precio de la electricidad, con un claro fomento de la electrificación.

Adicionalmente, nos gustaría señalar que, en aras de describir el contexto de tributación estatal sobre la generación y producción eléctrica en España, el Libro Blanco hace mención del canon por utilización de aguas continentales para producir energía eléctrica (conocido como el "canon hidroeléctrico") 3, sin que la Comisión proponga una modificación del mismo cuya su regulación ha sido, en parte, anulada por la Sentencia del Tribunal Supremo de 15 de abril de 2021.

Por su parte, en relación con el actual gravamen a la energía nuclear, el Comité hace una llamada a la reflexión sobre el papel, adecuación y reforma de las actuales figuras tributarias que recaen sobre la generación nucleoeléctrica española.

A pesar de que el objetivo principal de medidas propuestas no es la mera recaudación, la Hacienda Pública calcula recaudar hasta 15.000 millones de euros con la introducción de estas reformas fiscales (teniendo en cuenta que, las medidas correspondientes a la supresión del IVPEE y a la modificación del IEE supondrán una reducción de la carga fiscal de aproximadamente 2.700 millones de euros).

Habrá que esperar al próximo 29 de marzo para saber si, al menos, alguna de las medidas que suponen una reducción de la carga tributaria serán aprobadas por el Ejecutivo para paliar el impacto económico en el sector energético derivado de la invasión de Ucrania.

1 La supresión de este impuesto ya había sido propuesta por la Comisión de Expertos para la Reforma del Sistema Tributario Español del 2014

2 Directiva 2003/96/CE, por la que se reestructura el régimen comunitario de imposición a los productos energéticos y de la electricidad (la llamada ¨Directiva Fiscal Energética¨).

3 El canon hidroeléctrico, que ha sido declarado conforme a derecho de la UE en la STJUE de 7 de noviembre de 2019, USESA y otros, asuntos acumulados C-105/18 a C-113/18, grava el valor de la energía hidroeléctrica producida al 25,5%.