RD-LEY 36/2020, POR EL QUE SE APRUEBAN MEDIDAS URGENTES PARA LA MODERNIZACIÓN DE LA ADMINISTRACIÓN PÚBLICA Y PARA LA EJECUCIÓN DEL PLAN DE RECUPERACIÓN, TRANSFORMACIÓN Y RESILIENCIA

El pasado 31 de diciembre de 2020, se publicó en el Boletín Oficial del Estado el “esperado” Real Decreto-ley por el que se ofrece una primera regulación de los fondos europeos para impulsar la convergencia, la resiliencia y la transformación de la Unión Europea, tras el enorme impacto que la crisis del COVID-19 ha causado en la actividad económica.

El pistoletazo de salida tuvo lugar mediante el acuerdo del Consejo Europeo de 21 de julio de 2020 que, consciente de la necesidad de este momento histórico, decidió un importante paquete de medidas, las cuales aúnan el marco financiero plurianual para el período 2021-2027 y la puesta en marcha de un específico Instrumento Europeo de Recuperación (“Next Generation EU”), por un valor total de 1’8 billones de euros. (750.000 millones de euros es la dotación del “Next Generation EU”).

Este Instrumento Europeo de Recuperación, que implicará para nuestro país unos 140.000 millones de euros (algo más del 18% del total), para el período 2021-2026, se basa en tres pilares fundamentales: 

  1. La adopción de los instrumentos necesarios para apoyar los esfuerzos de los Estados miembros para recuperarse, reparar los daños y salir reforzados.
  2. La adopción de medidas para impulsar la inversión privada y apoyar a las empresas en dificultades.
  3. El refuerzo de los programas clave de la Unión Europea, para hacer que el mercado único sea más fuerte y resiliente (adaptable) y acelerar la doble transición ecológica y digital.

Con todos esos fondos, el Gobierno de España persigue la transformación del modelo económico, para que la recuperación sea “verde, digital, inclusiva y social”, poniendo en marcha inversiones, transformaciones y reformas dirigidas hacia una economía y una sociedad climáticamente neutras, sostenibles, circulares, respetuosas con el medio natural y eficientes.

En este sentido, se desplegará la llamada agenda España Digital 2025, que afecta tanto al sector público como al privado, se impulsará la educación, la formación profesional, la ciencia, la innovación, la economía de los cuidados, el sistema público de salud y la modernización de los llamados “sectores tractores” de la economía. 

La movilización de una cantidad tan importante de recursos económicos abre una oportunidad extraordinaria, histórica, para España y es preciso que nuestro país se prepare adecuadamente para absorber todo ese ingente volumen de recursos.

Para su implementación, el Consejo Europeo ha señalado la necesidad de que los Estados miembros realicen “proyectos de país”, para cuyo desarrollo será necesaria la colaboración de todos actores, públicos y privados.

Estos proyectos de país se integrarán en el Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, reservándose a la Administración Pública el papel protagonista para el impulso, seguimiento y control de los proyectos que se integren en dicho Plan y para la necesaria absorción de los fondos europeos.

De hecho, la absorción de los fondos marcará el éxito de la ejecución del Plan, con las correspondientes transferencias de ingresos al presupuesto nacional, por lo que dicha absorción plantea un verdadero reto para diseñar proyectos elegibles, llevarlos a cabo, desarrollarlos y alcanzar los hitos y objetivos establecidos como país.

Como hemos dicho, para superar este desafío clave, es necesario articular un modelo de gobernanza que sea apropiado para la selección, seguimiento, evaluación y coordinación de los distintos proyectos y programas de inversión. Ese nuevo modelo se concreta en la creación de una serie de nuevos órganos administrativos, en cuya cúspide se sitúa la Comisión para la Recuperación, Transformación y Resiliencia integrada, fundamentalmente, por la totalidad del Gobierno de la nación.     

Para tener éxito en la implementación y ejecución del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia, serán necesarias reformas normativas que permitan una mejora de la agilidad en la puesta en marcha de los proyectos, así como la simplificación de los procedimientos administrativos, reduciendo plazos y eliminando consultas innecesarias, pero manteniendo los controles y garantías que exige el marco comunitario europeo.

De todo ello se sigue el evidente papel protagonista que el Gobierno español va a tener en la selección, impulso, seguimiento y control de los proyectos que finalmente tengan acceso al Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia y, en suma, a los fondos europeos. 

  • El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia

El Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia se define como el instrumento rector para el diseño y ejecución de los objetivos estratégicos y las reformas e inversiones (vinculadas al Mecanismo europeo de Recuperación y Resiliencia).

El Plan tendrá como ejes transversales la transición ecológica, la transformación digital, la igualdad de género y la cohesión social, económica y digital.    

Al mismo tiempo, el Plan habrá de tener el siguiente contenido:

  1. Los objetivos generales a alcanzar, su arquitectura básica y las principales iniciativas del mismo.
  2. La descripción de las reformas e inversiones previstas, así como sus dimensiones, tanto ecológica como digital.
  3. Los hitos, metas y el calendario, así como sus fuentes de financiación y las inversiones.
  4. La implementación y la complementariedad del Plan, es decir, su consistencia con otras iniciativas, la complementariedad de su financiación, la implementación y los mecanismos de control y auditoría.
  5. Su impacto general, esto es, su alcance, su impacto macroeconómico, de género, en la distribución de la renta y en la convergencia regional, así como sobre la transición ecológica y la transformación digital.   

Ahora bien, este Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia a la fecha de este artículo, tiene que aprobarse por el Consejo de Ministros, a propuesta de la ministra de Asuntos Económicos y Transformación Digital, una vez hayan sido oídas las Comunidades Autónomas, las entidades locales, así como las organizaciones empresariales y sindicales de ámbito estatal más representativas.

Así pues, habrá que esperar a la publicación del Plan para conocer de cerca su contenido concreto y específico.

  • Los P.E.R.T.E.S.

Como hemos dicho antes, el desarrollo de los proyectos que se integren en el Plan contempla la necesaria colaboración de todos los actores, públicos y privados.

Dentro de esta colaboración público-privada, una de las principales novedades que presenta el Real Decreto-ley que estamos comentando, son los Proyectos Estratégicos para la Recuperación y Transformación Económica, es decir, los ya famosos “PERTES”.     

Se trata de proyectos de carácter estratégico, con una gran capacidad de arrastre para el crecimiento económico, el empleo y la competitividad de la economía española y la declaración de un proyecto como PERTE se realizará por acuerdo del Consejo de Ministros.

Los criterios a valorar para declarar un proyecto como PERTE serán los siguientes (aunque no los únicos): 

  1. Que represente una importante contribución al crecimiento económico, a la creación de empleo y a la competitividad de la industria y la economía española, habida cuenta de sus efectos de arrastre positivos en el mercado interior y la sociedad.
  2. Que permita combinar conocimientos, experiencia, recursos financieros y actores económicos, con el fin de remediar importantes deficiencias del mercado o sistémicas y retos sociales a los que no se podría hacer frente de otra manera.
  3. Que tenga un importante carácter innovador o aporte un importante valor añadido en términos de I+D+i, por ejemplo, posibilitando el desarrollo de nuevos productos, servicios o procesos de producción.
  4. Que sea importante cuantitativa o cualitativamente, con un tamaño o un alcance particularmente grandes o que suponga un nivel de riesgo tecnológico o financiero muy elevado.
  5. Que favorezca la integración y el crecimiento de las pequeñas y medianas empresas, así como el impulso de entornos colaborativos.
  6. Que, en su caso, contribuya de forma concreta, clara e identificable a uno o más objetivos del Plan de Recuperación, Transformación y Resiliencia de la Economía Española, en particular en lo que se refiere a los objetivos marcados a nivel europeo en relación con el Instrumento Europeo de Recuperación.

Los PERTES pueden consistir un proyecto único o en un proyecto integrado o conjunto de proyectos insertados en una misma estructura, plan de trabajo o programa comunes que compartan el mismo objetivo.

Finalmente, se crea el Registro estatal de entidades interesadas en los PERTE, en el que se inscribirán todas las entidades vinculadas al desarrollo de un PERTE, con independencia de su naturaleza jurídica, pública privada.