Cláusulas MAC en contratos de M&A: Un blindaje frente a lo inesperado
Cláusulas MAC en contratos de M&A: Un blindaje frente a lo inesperado
Artículo publicado en ElEconomista
En la actual coyuntura económica, política y social, las cláusulas MAC (Material Adverse Change o Cambios Materiales Adversos) pueden ayudar a compradores y vendedores a regular la incertidumbre intrínseca a operaciones tan complejas como las adquisiciones de empresas y negocios.
Según nuestra experiencia en el mercado, aproximadamente dos tercios de las operaciones de M&A cerradas en España el ejercicio pasado se estructuraron bajo un esquema de signing y closing diferido. Esta fórmula responde a la necesidad de condicionar la ejecución definitiva del contrato a la obtención o cumplimiento de ciertos requisitos previos, conocidos como condiciones suspensivas o CPs (conditions precedent), tales como autorizaciones regulatorias, financiación, dispensas contractuales o aprobaciones internas en los senos de administración de comprador y vendedor.
Como resultado de esto, entre la firma del contrato (signing) y su perfeccionamiento (closing) se abre un periodo interino (interim period) en el que comprador y vendedor están jurídicamente vinculados, pero la operación aún no se ha consumado. Este intervalo es especialmente sensible, ya que pueden surgir circunstancias que alteren sustancialmente el equilibrio económico o jurídico del negocio pactado. Para que las partes puedan protegerse frente a estos eventos sobrevenidos, se utilizan las cláusulas MAC.
Las cláusulas MAC son pactos contractuales que permiten a una parte -normalmente el comprador- revisar, renegociar o incluso desistir de una operación si, tras el signing, se produce un cambio significativo que afecta negativamente al negocio objeto del contrato.
En los últimos años, su uso se ha extendido considerablemente en operaciones de M&A con signing y closing diferido, como mecanismo de protección frente a eventos sobrevenidos.
Aunque no están reguladas expresamente en el ordenamiento español, su carácter dispositivo permite a las partes definir libremente su alcance, efectos y supuestos de activación, lo que las convierte en una herramienta flexible pero que exige precisión técnica a la hora de redactar el contrato de compraventa.
A diferencia de las condiciones suspensivas (CPs), que impiden la perfección del contrato hasta que se cumpla una condición futura, las cláusulas MAC no suspenden la eficacia del contrato, sino que habilitan a las partes a actuar si se produce un cambio adverso relevante antes del closing.
La jurisprudencia anglosajona ha sido especialmente estricta en la interpretación de este segundo elemento, exigiendo que el impacto no solo sea relevante desde una perspectiva subjetiva, sino que pueda demostrarse con datos objetivos y cuantificables que acrediten que efectivamente se ha producido una alteración sustancial en las condiciones pactadas.
Es importante destacar que el análisis del cambio adverso se realiza en relación con la situación existente en el momento de la firma del contrato de compraventa, no con circunstancias anteriores ni con valoraciones históricas. Lo relevante es cómo el evento sobrevenido altera las condiciones pactadas en el momento del signing, y si ese cambio justifica la revisión, la renegociación o incluso la resolución del contrato. Por tanto, los efectos jurídicos de las cláusulas MAC van desde la renegociación de los términos (por ejemplo, un ajuste de precio) a la resolución del contrato.
La eficacia de una cláusula MAC depende de su redacción clara y detallada. Por ello, es recomendable:
Una cláusula genérica puede ofrecer flexibilidad, pero también mayor inseguridad jurídica. Por ello, es habitual y recomendable combinar una definición general con una lista de supuestos concretos y excepciones.
Aunque comparten la finalidad de adaptar el contrato a circunstancias sobrevenidas, las cláusulas MAC y la doctrina rebus sic stantibus presentan diferencias relevantes:
Las cláusulas MAC son una herramienta eficaz para gestionar el riesgo en operaciones de M&A, especialmente en contextos de volatilidad o incertidumbre. Su correcta redacción permite a las partes anticiparse ante escenarios adversos y proteger sus intereses, por lo que la inclusión de cláusulas MAC en los contratos de compraventa no solo es recomendable, sino estratégica. Es esencial contar con asesoramiento legal especializado en M&A así como experiencia concreta en el sector en el que opera la sociedad target, para garantizar que estas cláusulas se estructuren adecuadamente, se adapten al contexto específico de la operación y ofrezcan verdadera seguridad jurídica frente a lo inesperado.
En la actual coyuntura económica, política y social, las cláusulas MAC (Material Adverse Change o Cambios Materiales Adversos) pueden ayudar a compradores y vendedores a regular la incertidumbre intrínseca a operaciones tan complejas como las adquisiciones de empresas y negocios.
Según nuestra experiencia en el mercado, aproximadamente dos tercios de las operaciones de M&A cerradas en España el ejercicio pasado se estructuraron bajo un esquema de signing y closing diferido. Esta fórmula responde a la necesidad de condicionar la ejecución definitiva del contrato a la obtención o cumplimiento de ciertos requisitos previos, conocidos como condiciones suspensivas o CPs (conditions precedent), tales como autorizaciones regulatorias, financiación, dispensas contractuales o aprobaciones internas en los senos de administración de comprador y vendedor.
Como resultado de esto, entre la firma del contrato (signing) y su perfeccionamiento (closing) se abre un periodo interino (interim period) en el que comprador y vendedor están jurídicamente vinculados, pero la operación aún no se ha consumado. Este intervalo es especialmente sensible, ya que pueden surgir circunstancias que alteren sustancialmente el equilibrio económico o jurídico del negocio pactado. Para que las partes puedan protegerse frente a estos eventos sobrevenidos, se utilizan las cláusulas MAC.
1. ¿Qué son las cláusulas MAC y por qué se utilizan?
Las cláusulas MAC son pactos contractuales que permiten a una parte -normalmente el comprador- revisar, renegociar o incluso desistir de una operación si, tras el signing, se produce un cambio significativo que afecta negativamente al negocio objeto del contrato.
En los últimos años, su uso se ha extendido considerablemente en operaciones de M&A con signing y closing diferido, como mecanismo de protección frente a eventos sobrevenidos.
Aunque no están reguladas expresamente en el ordenamiento español, su carácter dispositivo permite a las partes definir libremente su alcance, efectos y supuestos de activación, lo que las convierte en una herramienta flexible pero que exige precisión técnica a la hora de redactar el contrato de compraventa.
2, Diferencias con las condiciones suspensivas (CPs)
A diferencia de las condiciones suspensivas (CPs), que impiden la perfección del contrato hasta que se cumpla una condición futura, las cláusulas MAC no suspenden la eficacia del contrato, sino que habilitan a las partes a actuar si se produce un cambio adverso relevante antes del closing.
3. Elementos clave para su aplicación
Para que una cláusula MAC sea operativa, deben concurrir dos elementos esenciales:- Cambio adverso: se refiere a cualquier hecho, circunstancia o evento —incluyendo supuestos de fuerza mayor, cambios regulatorios, alteraciones económicas o situaciones operativas— que modifique sustancialmente las condiciones bajo las cuales se valoró o estructuró la operación. Este cambio puede afectar la situación financiera, patrimonial, jurídica o comercial de la sociedad target o del negocio objeto de la operación.
- Impacto relevante: el cambio debe tener una consecuencia significativa en la operación, ya sea en términos de valor, viabilidad, rentabilidad esperada o cumplimiento de los objetivos estratégicos del comprador. Además, este impacto debe ser objetivamente medible, y puede expresarse mediante indicadores financieros (como una caída del EBITDA, pérdida de clientes o contratos clave, deterioro de determinados activos que imposibilite o dificulte el desarrollo de la actividad, etc.).
La jurisprudencia anglosajona ha sido especialmente estricta en la interpretación de este segundo elemento, exigiendo que el impacto no solo sea relevante desde una perspectiva subjetiva, sino que pueda demostrarse con datos objetivos y cuantificables que acrediten que efectivamente se ha producido una alteración sustancial en las condiciones pactadas.
4. Momento de análisis y efectos jurídicos
Es importante destacar que el análisis del cambio adverso se realiza en relación con la situación existente en el momento de la firma del contrato de compraventa, no con circunstancias anteriores ni con valoraciones históricas. Lo relevante es cómo el evento sobrevenido altera las condiciones pactadas en el momento del signing, y si ese cambio justifica la revisión, la renegociación o incluso la resolución del contrato. Por tanto, los efectos jurídicos de las cláusulas MAC van desde la renegociación de los términos (por ejemplo, un ajuste de precio) a la resolución del contrato.
5. Redacción práctica: precisión y límites
La eficacia de una cláusula MAC depende de su redacción clara y detallada. Por ello, es recomendable:- Definir con precisión los supuestos que activan la cláusula.
- Incluir exclusiones específicas (por ejemplo, eventos de fuerza mayor, crisis sectoriales, cambios legislativos generales, situaciones sanitarias, macroeconómicas o geopolíticas).
- Establecer un umbral de materialidad que permita medir el impacto.
- Determinar los efectos jurídicos concretos: resolución, renegociación, indemnización, etc.
Una cláusula genérica puede ofrecer flexibilidad, pero también mayor inseguridad jurídica. Por ello, es habitual y recomendable combinar una definición general con una lista de supuestos concretos y excepciones.
6. ¿Qué relación tienen con la cláusula rebus sic stantibus?
Aunque comparten la finalidad de adaptar el contrato a circunstancias sobrevenidas, las cláusulas MAC y la doctrina rebus sic stantibus presentan diferencias relevantes:
- La MAC se pacta expresamente entre las partes mientras que la rebus se aplica judicialmente.
- La MAC opera en el periodo entre signing y closing mientras que la rebus sobre contratos ya ejecutados.
- La MAC permite resolver o renegociar mientras que la rebus busca reequilibrar el contrato.
CONCLUSIÓN
Las cláusulas MAC son una herramienta eficaz para gestionar el riesgo en operaciones de M&A, especialmente en contextos de volatilidad o incertidumbre. Su correcta redacción permite a las partes anticiparse ante escenarios adversos y proteger sus intereses, por lo que la inclusión de cláusulas MAC en los contratos de compraventa no solo es recomendable, sino estratégica. Es esencial contar con asesoramiento legal especializado en M&A así como experiencia concreta en el sector en el que opera la sociedad target, para garantizar que estas cláusulas se estructuren adecuadamente, se adapten al contexto específico de la operación y ofrezcan verdadera seguridad jurídica frente a lo inesperado.
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