DERECHO DE SEPARACIÓN DE LOS SOCIOS POR FALTA DE DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS

DERECHO DE SEPARACIÓN DE LOS SOCIOS POR FALTA DE DISTRIBUCIÓN DE DIVIDENDOS

07 junio 201709:00-11:00

Carrer de Sant Elies, 29-35, 8ª planta.Barcelona, España
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El pasado día 1 de enero de 2017 entró en vigor el Art. 348 Bis de la Ley de Sociedades de Capital que permite a un socio ejercitar su derecho de separación en caso de falta de distribución de dividendos en sociedades no cotizadas. Este derecho permite separarse a los socios en el caso de que las juntas generales no acuerden la distribución de, como mínimo, un tercio de los beneficios propios de la explotación del objeto social que fuera legalmente repartibles.

A la vista de las próximas juntas generales ordinarias que deberán celebrarse para aprobar las cuentas anuales de 2016 y la aplicación del resultado, expertos de BDO Abogados analizarán las características y requisitos exigidos para el ejercicio de este novedoso derecho así como las posibles alternativas que pueden aplicarse a fin de proteger los intereses de los socios y de evitar situaciones de conflictos. 

Agenda:

  1. 09:00-09:15 Recepción de los asistentes.
  2. 09:15-10:00 Concepto, alcance y características del artículo 348 Bis.
  3. 10:00-10:45 Alternativas que plantea la aparición de este derecho y medidas de prevención y ejecución del mismo.
  4. 10:45-11:00 Cierre y preguntas.